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Aunque la noticia no tuvo mayor cobertura al momento en que se generó, lo cierto es que Ecuador desde el pasado 12 de julio entró a formar parte del grupo de países como China, Corea del Norte, Cuba o Irán en los que se mantiene algún tipo de obsesión por controlar lo que sus ciudadanos publican o leen en Internet; lo cual está generando reacciones en las redes sociales en el país.


Una de las imágenes de protesta
circulando en las redes sociales en Ecuador
El tema va gracias a la resolución TTEL-477-16-CONATEL-2012 del Conatel que fué expedida el 11 de Julio del 2012, que en el artículo 29, numeral 9, menciona textualmente: «Los prestadores de servicios de telecomunicaciones y de valor agregado deberán remitir a solicitud de la Superintendencia de Telecomunicaciones, información relativa a direcciones IP asignadas a sus abonados/clientes-usuarios, en los plazos, términos y condiciones establecida por dicha entidad para el efecto.» 
En otras palabras a partir de esa fecha, y sin orden judicial de por medio (como era necesario hasta entonces), el Consejo Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) podrá acceder a la identidad de los usuarios (a través de la dirección IP) una vez que expidió el nuevo Reglamento para los Abonados/Clientes-Usuarios de los servicios de telecomunicaciones y de Valor Agregado.
Una dirección IP es un identificador, (único e irrepetible) que el proveedor de servicios de Internet otorga a cada uno de sus clientes. Estas direcciónes IP quedan grabadas en un computador cada vez que algún usuario escribe un comentario en Twitter, Facebook, algún periódico o cualquier otro medio digital en Internet.
Es decir, cada vez que alguien visita una página Web o publica un comentario en Internet (ya sea con su nombre propio o bajo un pseudónimo) su dirección IP queda registrada y su privacidad se mantiene. Sin embargo quien obtenga un listado con su nombre e IP le será fácil rastrear y monitorear (con el software adecuado) sus actividades en Internet, incluso sus comentarios en determinados sitios a los que tenga acceso.
Algunas de las preguntas sueltas frente a esta «intromisión a la privacidad» son: ¿Para qué requiere el estado esa información?; Quién garantiza que esos datos se van a mantener seguros?; ¿Quién garantiza que miles o millones de direcciones IP con los datos de cliente (nombre, cédula, teléfono, etc) no sean divulgados, robados o usados incorrectamente? .

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