DESDE ANTES DE ARRANCAR HAY IRREGULARIDADES
Alexandra Almeida (Acción Ecológica). Enero 2010
Con una decisión sin precedentes, el Gobierno inició la búsqueda de yacimientos en la Costa ecuatoriana. Este proceso desde su inicio ha estado plagado de irregularidades y ya se esta convirtiendo en una seria amenaza para la población en determinados sectores.
Un contrato en silencio invitando previamente a la presentación de ofertas, en Diciembre/2008, Petroproducción, filial de Petroecuador, firmó un contrato por casi USD 57 millones con la china SINOPEC para realizar la Exploración Sísmica 2D en la Costa ecuatoriana. Tanto la licitación como la firma de este contrato se realizó sin ninguna publicidad, no fue recogida por ningún medio de comunicación.Los Estudios Ambientales. “Un rapidito”._ El primer requisito para ejecutar un proyecto de esta naturaleza es obtener la licencia ambiental que otorga el Min. de Ambiente. El 1° paso fue solicitar un certificado de intersección el cual fue entregado en Noviembre/2008. Este, determina que el proyecto intersecta con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques protectores y Patrimonio Forestal del Estado. Según la Constitución vigente (art. 407) , se prohíbe la actividad extractiva de recursos no renovables en áreas protegidas . Esto hace que en los lugares que incluyen el Sistema Nacional de Áreas protegidas no se pueda realizar la exploración sísmica pues es la 1° fase de la explotación petrolera. En la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental también tenemos otra irregularidad. Los Terminos de Referencia fueron aprobados el 12/04/2009 . Petroproducción presenta estos Estudios ambientales el 22 de mayo del mismo año. Es decir,la empresa realizó estos estudios en el tiempo record de 1 mes 10 días. Hay que aclarar que el proyecto abarca 6 provincias: Esmeraldas, Manabí, Guayas, Santa Elena, El Oro y Los Ríos y que para realizar estos estudios se necesita:1°tener aprobados los términos de referencia y luego hacer trabajo de campo, recolección de datos, investigación bibliográfica y elaboración de informes. Debe ser por esto que los pobladores de la provincia de Esmeraldas manifestaron que nunca nadie se acercó por la zona donde se ubican sus propiedades y por las que iban a pasar las líneas sísmicas para realizar algún estudio de campo o para hacer alguna encuesta a la gente
La Consulta Previa, Ni previa, ni consulta.- Otro requisito que se debe cumplir antes de iniciar un proyecto es lo que antes se llamaba la consulta previa y que ahora debido a un decreto emitido e 22 de abril del 2008 se denomina proceso de Participación Social. Este decreto fue emitido cuando se estaba elaborando la Nueva Constitución y aunque su contenido resulta completamente inconstitucional, las diferentes instancias el Gobierno y las empresas lo siguen utilizando.
Esta consulta, para este caso,se demoro dos meses. Nuevamente en tiempo record se afirma que se ha realizado el proceso de participación a la población ubicada en el área del proyecto es decir en las 6 provincias de la Costa.
Nuevamente, la población asentada en el área de influencia afirma que nunca fue consultada, ni se realizó ningún proceso de participación, manifiestan que nadie se acercó a informarles sobre lo que se pretendía hacer en la zona, ni en que consistía la exploración sísmica.
Con esto se ha violado lo que reza el artículo 398 de la actual Constitución “Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad a la cual se le informará amplia y oportunamente”.